Fondo de Asistencia Laboral

El FAL ya está reglamentado: ARCA podrá emitir multas y la CNV asignar un fondo de oficio

Comenzará a regir el 1° de noviembre de 2026. Aunque faltan varios meses para su implementación, las empresas tienen razones para comenzar a analizar el tema.

El Gobierno Nacional oficializó la reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el nuevo régimen destinado a garantizar el cumplimiento de obligaciones indemnizatorias.

Más allá de los aspectos técnicos, existe un punto que merece especial atención, cada empresa deberá elegir una entidad habilitada, un vehículo de inversión e informar un “ID FAL” válido a la ARCA para que los aportes puedan ser derivados correctamente.

¿Qué ocurre si la empresa no toma ninguna acción?

La reglamentación es clara:

  1. ARCA retendrá las contribuciones correspondientes sin derivarlas a ningún fondo específico.
  2. Además, podrán aplicarse sanciones por incumplimiento de deberes formales.

Pero el aspecto más relevante es que, transcurrido un mes desde el vencimiento de la obligación sin que se haya informado un ID FAL válido, la CNV podrá asignar de oficio una entidad y un vehículo de inversión.

En otras palabras, la decisión no es optar entre adherir o no al sistema, la verdadera decisión es si la empresa elegirá activamente la alternativa que considere más conveniente o si terminará recibiendo una asignación automática.

Actualmente las empresas solo pueden:

  • Asesoramiento sobre el Fondo de Asistencia Laboral (FAL).
  • Evaluación de alternativas disponibles.
  • Apertura de cuentas FAL.